Cómo se calcula
El Catastro parte de los precios de las compraventas realizadas ante notario o inscritas en el Registro de la Propiedad. Con ellos elabora cada año un informe del mercado inmobiliario y fija unos módulos de valor medio, a los que aplica coeficientes y reglas de cálculo objetivas según las características de cada inmueble.
Para que el resultado no supere el valor de mercado, se le aplican los factores de minoración que fija una orden ministerial. Es, por tanto, un valor fiscal, no una tasación de tu vivienda concreta.
Por qué importa al comprar
El artículo 10 de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales dice que la base del impuesto de un inmueble es su valor de referencia. Pero si el precio pactado o el valor declarado son mayores, se paga sobre la mayor de esas cifras. En la práctica, el valor de referencia es el mínimo sobre el que pagarás el impuesto de la compra de una vivienda usada; el tipo lo fija cada comunidad autónoma.
También es la base del impuesto de sucesiones y donaciones. Si no estás de acuerdo con él, se puede recurrir cuando tiene efecto fiscal, con los recursos administrativos ordinarios o ante los tribunales económico-administrativos.
Qué te dice el informe de HOUSINGFAX
El valor de referencia es un dato fiscal de cada inmueble y se consulta en la Sede Electrónica del Catastro identificándote con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve, así que el informe no lo muestra: pídeselo al vendedor o consúltalo tú si eres el propietario.
Lo que sí hace la comprobación 07, «Precio y mercado», es reunir el valor tasado del Ministerio de Vivienda y el alquiler de referencia de la zona y calcular unos gastos mínimos orientativos de compra (impuesto, notaría y registro). Mira el informe de ejemplo y comprueba gratis tu vivienda.
Lo que el valor de referencia no dice
No es el precio que vale tu piso ni lo que te prestará el banco: no tiene en cuenta la reforma, la planta o las vistas. Tampoco dice nada del estado del edificio. El informe no es una tasación y no sustituye a una inspección técnica en el edificio. No es asesoramiento fiscal.
Respuestas breves
¿Quién fija el valor de referencia?
La Dirección General del Catastro, cada año, a partir de los precios de las compraventas hechas ante notario o inscritas en el Registro de la Propiedad.
¿Dónde consulto el valor de referencia de un piso?
En la Sede Electrónica del Catastro, identificándote con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve. Si no eres el propietario, pídeselo al vendedor antes de firmar.
¿Pago el impuesto sobre el precio o sobre el valor de referencia?
Sobre el mayor de los dos. Si el precio de la escritura supera el valor de referencia, pagas sobre el precio; si es menor, sobre el valor de referencia.
¿Se puede recurrir el valor de referencia?
Sí, cuando tiene efecto fiscal: al liquidar el impuesto de la compra o el de sucesiones y donaciones, con los recursos administrativos ordinarios o ante los tribunales económico-administrativos.
Fuentes oficiales consultables
Los enlaces permiten revisar la fuente primaria. Su inclusión no amplía su finalidad ni convierte un dato de contexto en diagnóstico.