Datos clave
Qué te dice el informe
Qué te dice el informe — comprobación 04
¿Puede haber amianto?
Toma el año de construcción del Catastro y lo compara con la prohibición de 2002. Es una orientación por año: hoy no consulta inventarios ni censos de amianto, así que no confirma ni descarta que el edificio lo tenga.
- Posible por año o poco probable por año
- Línea de tiempo del año de construcción a la prohibición de 2002
- La fecha más antigua cuando las fuentes discrepan
- Qué encargar antes de una reforma
Qué te dice cada pista
Qué hacer si el edificio es anterior a 2002
Mira el año del edificio
En el Catastro o con el informe gratuito de HOUSINGFAX.
Pregunta a la comunidad
Por el fibrocemento de cubiertas, bajantes y depósitos, retiradas hechas y obras previstas.
Consulta al ayuntamiento
Si ha publicado su censo de amianto y si el edificio figura en él.
Antes de reformar, inventario y muestra
Y la retirada, solo con una empresa inscrita en el registro de amianto.
Desde cuándo está prohibido
El amianto está prohibido en España desde el 14 de junio de 2002, cuando entró en vigor la Orden de 7 de diciembre de 2001. Un edificio construido o reformado antes pudo recibir materiales con amianto, y la orden permitió que lo ya instalado siguiera en uso hasta su retirada o el fin de su vida útil.
La Orden de 7 de diciembre de 2001, publicada en el BOE el 14 de diciembre, prohibió comercializar las fibras de amianto y los productos que las contienen. Entró en vigor a los seis meses, el 14 de junio de 2002, y dio otros seis meses para vender lo ya fabricado. Por eso el año de construcción es la primera pista: un edificio anterior pudo recibir materiales con amianto, uno posterior es poco probable que los lleve de origen.
La misma orden permitió que lo ya instalado siguiera en uso hasta su retirada o hasta el fin de su vida útil. Es decir, la ley no obliga a quitar el amianto de un edificio por el hecho de tenerlo; lo que regula es cómo se retira y quién puede hacerlo.
¿Dónde suele haber amianto en una vivienda?
Sobre todo en el fibrocemento, el material con amianto más usado en España. La nota técnica NTP 1006 del INSST cita como elementos más comunes las tuberías de desagüe, los depósitos de agua y las cubiertas ligeras, y el Ministerio de Sanidad sitúa en riesgo medio los edificios construidos hasta los años 90.
El material con amianto más usado en España fue el fibrocemento. La nota técnica NTP 1006 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo cita como elementos más comunes las tuberías de desagüe, los depósitos de agua y las cubiertas ligeras. La lista de lugares a revisar del Ministerio de Sanidad añade conductos de chimenea o ventilación, falsos techos, losetas de suelo y sus adhesivos, y los aislamientos de calderas y tuberías.
Las directrices del Ministerio de Sanidad para los censos municipales sitúan en riesgo medio los edificios construidos hasta los años 90, época en que el fibrocemento con amianto era frecuente en bajantes, depósitos, jardineras y placas de cubierta. En un bloque, esos elementos suelen estar en zonas comunes: la azotea, el patio de luces, el cuarto de contadores o las bajantes que recorren la fachada.
¿Es peligroso si está en buen estado?
En general, poco: según la nota técnica NTP 1006 del INSST, el fibrocemento en buen estado presenta un riesgo bajo de liberar fibras. El peligro aparece al romperlo, cortarlo, taladrarlo o limpiarlo en seco, o cuando está muy deteriorado; por eso cualquier retirada la hace una empresa inscrita en el registro de amianto.
Según el INSST, el fibrocemento en buen estado presenta en general un riesgo bajo de liberar fibras. El problema aparece al romperlo, cortarlo, taladrarlo o limpiarlo en seco, y cuando el material está muy deteriorado. Por eso lo importante no es solo si hay amianto, sino en qué estado está y si vas a tocarlo en una reforma.
No lo manipules tú. La retirada y las reparaciones de materiales con amianto las hacen empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo por amianto, con un plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral. Conviene saberlo antes de comprar, porque cambia el presupuesto de una reforma de cubierta o de bajantes.
Qué obligaciones hay hoy
La Ley 7/2022 de residuos, en vigor desde el 10 de abril de 2022, obliga a cada ayuntamiento a censar las instalaciones con amianto y a publicar un calendario para retirarlas, empezando por las de mayor riesgo; las instalaciones públicas más peligrosas deben estar gestionadas antes de 2028. Tener amianto no obliga, por sí solo, a quitarlo.
La Ley 7/2022 de residuos, en vigor desde el 10 de abril de 2022, obligó a los ayuntamientos a elaborar en un año un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, con un calendario público que planifique su retirada. La retirada debe priorizar según peligrosidad y exposición de la población más vulnerable, y las instalaciones públicas de mayor riesgo deben estar gestionadas antes de 2028.
Según las directrices del Ministerio de Sanidad, ese censo abarca todo el municipio con independencia de quién sea el propietario, viviendas incluidas. Pregunta en el ayuntamiento si ya lo ha publicado y si el edificio figura en él; en la comunidad de propietarios, si hay retiradas previstas en el calendario y quién las paga.
Qué hace el informe, y qué no puede decirte
La comprobación 04 del informe responde a «¿Puede haber amianto?» con el año de construcción que publica el Catastro. Si el edificio es anterior a 2002, la marca como posible por año y te muestra en una línea de tiempo los años que van de su construcción a la prohibición, cuando el fibrocemento con amianto era de uso corriente; si es posterior, indica que es poco probable en los materiales originales. Cuando las fuentes dan fechas distintas, usa la más antigua.
Lo que no puede decirte, y lo decimos claro: hoy no consulta ningún inventario ni censo de amianto, así que no sabe si tu edificio lo tiene, dónde ni en qué estado. Tampoco ve reformas que hayan retirado o añadido materiales. Es una orientación para saber qué preguntar. Empieza con el informe gratuito; el esencial cuesta 11 € y el completo 19 €, con 22 comprobaciones sobre fuentes oficiales, en PDF en minutos, con pago único y sin registro.
Qué hacer antes de comprar
Mira el año del edificio y pregunta al administrador si hay fibrocemento en cubiertas, bajantes o depósitos, si se ha retirado alguno y si hay obras previstas. Revisa las actas de la comunidad de los últimos años. En la visita, fíjate en las placas onduladas grises de azoteas y patios y en los tubos grises de las bajantes, sin tocarlos.
Si piensas reformar, encarga antes un inventario de materiales con amianto y, si hace falta, un análisis de muestra en laboratorio. El informe no sustituye a una inspección técnica en el edificio: te dice qué revisar, y un técnico te dice qué hay.
Respuestas breves
¿Desde cuándo está prohibido el amianto en España?
Desde el 14 de junio de 2002, cuando entró en vigor la Orden de 7 de diciembre de 2001. Los productos ya instalados pueden seguir en uso hasta su retirada o el fin de su vida útil.
¿Cómo sé si mi piso tiene amianto?
El año da la primera pista: si el edificio es anterior a 2002 puede tenerlo. Después, pregunta a la comunidad por el fibrocemento de cubiertas, bajantes y depósitos. Solo un análisis de muestra en laboratorio confirma si un material lo contiene.
¿Es obligatorio quitar el amianto de un edificio?
La ley no obliga a retirarlo solo por tenerlo. Desde la Ley 7/2022, los ayuntamientos deben censar las instalaciones con amianto y planificar su retirada, dando prioridad a las más peligrosas y a la población más vulnerable.
¿Puedo retirar yo una bajante o una placa de fibrocemento?
No. Esos trabajos los hacen empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo por amianto, con un plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral. Romper o cortar el material es lo que libera fibras.
¿El informe de HOUSINGFAX dice si mi edificio tiene amianto?
No. La comprobación 04 indica, por el año de construcción del Catastro, si puede haber amianto y qué conviene revisar. No consulta inventarios ni censos de amianto, así que no confirma ni descarta su presencia.
Fuentes oficiales consultables
Los enlaces permiten revisar la fuente primaria. Su inclusión no amplía su finalidad ni convierte un dato de contexto en diagnóstico.
- BOE — Orden de 7 de diciembre de 2001 que prohíbe las fibras de amianto y los productos que las contienen
- BOE — Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, disposición adicional decimocuarta (censos municipales de amianto)
- INSST — NTP 1006: Materiales con amianto en viviendas, guía práctica
- Ministerio de Sanidad — Directrices para la retirada del amianto instalado y el censo municipal (junio de 2024)